Si inviertes en fondos mutuos internacionales a través de BTG Pactual, las ganancias que obtengas están afectas al Impuesto a la Renta y deben ser declaradas ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).
Este tipo de inversión tiene un tratamiento distinto al de los fondos nacionales.
¿Dónde y cómo se declaran las inversiones en fondos mutuos internacionales?
Debes informar tus ganancias en el Formulario 22 (F22), expresadas en pesos chilenos. Las cifras deben incluir tanto la rentabilidad obtenida en la moneda original, como la variación del tipo de cambio al momento de convertir esos fondos a pesos.
Si invertiste en países con tratados tributarios vigentes, como Estados Unidos, puedes declarar también los impuestos pagados en el extranjero y acceder a un crédito por impuesto pagado, todo dentro del mismo F22.
¿Qué otras obligaciones existen?
Si tuviste inversiones extranjeras durante el año anterior, al 31 de diciembre, debes presentar la Declaración Jurada 1929 (DJ 1929), detallando:
Tus posiciones en el extranjero.
Los movimientos (aportes y rescates).
La valorización de tus inversiones.
Esta declaración tiene un plazo distinto al del F22. Por ejemplo, para el año tributario 2025, la DJ 1929 se presenta hasta el 30 de junio de 2025, con información al 31 de diciembre de 2024.
¿BTG Pactual informa automáticamente al SII?
Sí, BTG Pactual reporta las rentas nacionales y extranjeras obtenidas por sus clientes a través de la Declaración Jurada 1932 (DJ 1932), como lo exige la ley para entidades intermediarias o custodios.
Esta información tiene fines informativos. BTG Pactual no entrega asesoría tributaria. Te recomendamos consultar con tu contador o asesor tributario para conocer tus obligaciones específicas.